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El Proceso de Acreditación
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- Los candidatos registran su solicitud en la convocatoria publicada en la página de Internet del CONACYT (wwww.conacyt.gob.mx).
- Pueden estar adscritos a instituciones de educación superior e investigación, públicas o privadas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, empresas u organizaciones privadas relacionadas con el sector.
- El coordinador del SINECYT recibe las solicitudes de acreditación, verifica y clasifica las candidaturas de acuerdo con el área del conocimiento.
- El Coordinador del SINECYT convoca a los miembros del Consejo de Acreditación, presenta los avances obtenidos, el proceso de evaluación que se llevará a cabo, así como los asuntos generales a tratar. Asimismo, fijan fecha para reunir a los Comités de Acreditación de Evaluadores con el objeto de dar inicio al proceso de evaluación de las candidaturas para ingresar al RCEA.
- Los Representantes, de cada uno de los Comités de Acreditación correspondientes, analizan las solicitudes recibidas y designan un evaluador, quién llevará a cabo el proceso de evaluación con base en los criterios de elegibilidad y ponderación aprobados, emitiendo el dictamen de acreditación o no acreditación. El proceso de evaluación podrá realizarse mediante una reunión o bien en línea en función del número de candidaturas recibidas.
- Los Representantes de cada uno de los Comités de Acreditación, que integran el Consejo de Acreditación, analizan los dictámenes emitidos y validan los resultados.
- El Coordinador del SINECYT asigna registros de acreditación e incorpora a los nuevos evaluadores en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA).
- El Coordinador del SINECYT publica los resultados obtenidos en el Portal WEB del CONACYT, en el sitio del SINECYT.
- El Secretario Ejecutivo del SINECYT emite las constancias de acreditación correspondientes, las cuales serán enviadas a los interesados, por correo electrónico.
- Las acreditaciones tienen una validez de 3 años, las cuales a su término deberán analizarse, para proceder a su renovación o revocación.
- El desempeño de los evaluadores acreditados se registra en un historial que servirá de elemento para la renovación o revocación de la acreditación.
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Última Modificación
12/05/2010 05:41 a.m.
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